FONDO DE AYUDA SOLIDARIA
El Sindicato tiene un Sistema de Ayudas Solidarias para sus socios y socias consistente en:
PRÉSTAMOS SIN INTERESES para pagos de prestaciones médicas, y
PRÉSTAMOS CON INTERESES para otro tipo de emergencias económicas.
REGLAMENTO DE AYUDAS SOLIDARIAS
APROBADOS EN ASAMBLEA DE LOS DÍAS 28, 29 Y 30 DE AGOSTO DE 2018
Artículo 1. Se inicia un nuevo Fondo de Ayuda Solidaria a partir del 1° de septiembre de 2018, compuesto por 3,5 millones de pesos del Fondo Solidario antiguo, y adicionalmente las cuotas de devoluciones, a partir de junio de 2018, de los Préstamos efectuados hasta julio de 2018 con cargo al Fondo de Huelga que subsistió hasta mayo de 2018.
Artículo 2. El socio o socia que requiera una Ayuda Solidaria deberá enviar una solicitud por correo electrónico a la dirección Sindicato.Sintrai@gmail.com, indicando monto solicitado y cantidad de cuotas propuestas.
Artículo 3. Toda Ayuda Solidaria debe ser aprobada por la Comisión Revisora de Cuentas del Sindicato, en adelante la Comisión, la cual tendrá 48 horas hábiles para pronunciarse.
Artículo 4. El Fondo de Ayuda Solidaria será administrado en una cuenta corriente bancaria independiente de otros fondos sindicales.
Artículo 5. Toda solicitud de Ayuda Solidaria será respaldada con un cheque en garantía por el total de la Ayuda Solidaria otorgada.
AYUDAS SOLIDARIAS SIN INTERESES
Artículo 6. Para el otorgamiento de una Ayuda Solidaria sin intereses será requisito tener 6 meses de antigüedad en el Sindicato como mínimo.
Artículo 7. La Ayuda Solidaria sin intereses se otorgará a los socios o socias que hayan sufrido un siniestro de salud personal o de un familiar directo, y que tenga dificultad para financiar la prestación. Podrán considerarse otro tipo de siniestros personales calificados por la Comisión.
Artículo 8. La solicitud de Ayuda Solidaria sin intereses se debe respaldar con el diagnóstico médico, la cobranza del prestador de salud y la documentación requerida por la Comisión.
Artículo 9. La cantidad de cuotas de devolución de Ayuda Solidaria sin intereses se pactará de acuerdo al sueldo y antigüedad del socio/a las cuales se restituirán al Fondo de Ayuda Solidaria.
Artículo 10. El socio o socia beneficiado/a autorizará el descuento por planilla de la cuota extraordinaria y descuento en un eventual finiquito del saldo de la deuda en caso de término de la relación laboral con la Empresa.
AYUDA SOLIDARIA CON INTERESES
Artículo 11. La Asamblea del Sindicato acordará la tasa de interés mensual de las Ayudas Solidarias con intereses. Actualmente 1,5% mensual.
Artículo 12. Para el otorgamiento de una Ayuda Solidaria con intereses será requisito tener 1 año de antigüedad en la Empresa como mínimo.
Artículo 13. Se podrá otorgar un sueldo base de Ayuda Solidaria con intereses por cada año de antigüedad continua en la Empresa, con un tope de 3 sueldos base.
Artículo 14. La cantidad de cuotas de devolución del Ayuda Solidaria con intereses será de un máximo de 24, las cuales se restituirán al Fondo de Ayuda Solidaria.
Artículo 15. El socio o socia beneficiado/a autorizará el descuento por planilla de la cuota extraordinaria y descuento en un eventual finiquito del saldo de la deuda en caso de desvinculación de la empresa.
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